Confirmado! El IVA de Flores y Plantas se reduce al 10%

El Congreso de Diputados ha aprobado esta tarde con 310 votos a favor, 2 en contra y 1 abstención la enmienda del Senado a la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido por el que el IVA de flores y plantas se rebaja al tipo reducido del 10% a partir del 1 de enero de 2015.

Esta modificación supone dejar atrás para el comercio de flor y planta la tributación sujeta al IVA general del 21% que tanto le ha perjudicado desde que se empezó a aplicar en septiembre de 2012, y que junto con la ya larga crisis económica provocó un descenso sustancial del comercio de flores y plantas, la reducción de puestos de trabajo, y como consecuencia final, la quiebra de muchas empresas.

En nombre del grupo de CiU, impulsores de la enmienda, el diputado Josep Sánchez Llibre, consideró que con esta corrección de la Ley «hemos conseguido salvar de la ruina el sector de flores y plantas», y que ahora habrá que trabajar para «intentar recuperar los 20.000 empleos que se han perdido» en todo el Estado. Para Sánchez Llibre, la recuperación al 10% supone «implementar una fiscalidad competitiva para que este sector pueda competir a nivel internacional con países como Holanda, Francia y Portugal».

 

El recargo de equivalencia, el 1,4%

La rebaja del IVA al tipo reducido del 10% conlleva la aplicación del recargo de equivalencia que le corresponde, que es del 1,4%, para aquellos comerciantes que lo requieren.

Así, mientras aquellos productos que tributan un 21% de IVA tienen un recargo del 5,2%, los de tipo reducido del 10% lo aplican del 1,4%, y los del superreducido del 4%, se quedan con el 0,5%.