Entra en vigor el IVA del 10% para flores y plantas

Desde el 1 de enero de 2015, el tipo de IVA aplicado a flores y plantas vuelve a ser el reducido del 10%, después de que esta modificación fuera aprobada en el Congreso de Diputados el pasado 20 de noviembre.

Concretamente, tributarán al 10% de IVA: Las flores, las plantas vivas de carácter ornamental, así como las semillas, bulbos, esquejes y otros productos de origen exclusivamente vegetal susceptibles de ser utilizados en su obtención”.

Esta rebaja no incluye los verdes ornamentales, que seguirán tributando el IVA general del 21%.

En cuanto al recargo de equivalencia, hay que tener en cuenta que ahora se aplicará el que corresponde al nuevo IVA, quedando de la siguiente manera:

Verdes ornamentals     IVA 21%         Recargo Equivalencia 5,2%

Flores y plantas             IVA 10%         Recargo Equivalencia 1,4%

Hortalizas                  IVA 4%           Recargo Equivalencia 0,5%

 

En el siguiente enlace puedes ver como queda redactada la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) actualizada con las modificaciones recientemente aprobadas:

BOE IVA